14 de Mayo de 2019
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Contra menores siempre serían castigados con máximas penas del Código Penal Dentro de futuros procesos de paz no se contemplarán penas alternativas a violadores y abusadores de niños, niñas y adolescentes. Según un informe elaborado por la Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes en el conflicto armado en Colombia - COALICO, para el Centro Nacional de Memoria Histórica, entre 2008 y 2012, se presentaron, por lo menos, 48.915 casos de violencia sexual contra menores en el marco del conflicto armado, de los cuales el 84% de las víctimas fueron niñas y el 16%, niños. En el 94% de los municipios de Colombia se denunciaron actos de violencia sexual contra menores de edad.
Que se apliquen las máximas penas para quienes cometan delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes establecidas en el Código Penal, ha sido la punta de lanza de la senadora Maritza Martínez Aristizábal (Partido de la U) en su lucha por hacer valer los derechos de los menores.
En ese sentido un grupo importante de parlamentarios y el Gobierno, pusieron a consideración del Congreso de la República el proyecto de acto legislativo con el que se busca adicionar el Artículo 44 de la Constitución (prevalencia de los derechos de los niños), y que contó con el acompañamiento de la Senadora. La iniciativa, en su primer debate, obtuvo el apoyo mayoritario de los miembros de la Comisión Primera de Senado.
“A los menores hay que hacerles justicia por encima de cualquier consideración, para eso existe el Artículo 44 de la Constitución, y en aras de su aplicabilidad hace dos años logramos que se incluyera un artículo dentro de la Ley Estatutaria de la JEP en el que se establecía que los delitos sexuales contra menores, cometidos en el marco del conflicto armado, se sancionaran con las máximas penas contempladas en el Código Penal. Luego la Corte Constitucional lo declaró inexequible, básicamente porque el acuerdo era inmodificable”, explicó la Congresista.
Sin embargo, no se resignó ante la misma y decidió acompañar la presentación y trámite del proyecto de Acto Legislativo en cuestión, en donde se establece que a futuro los delitos sexuales contra los niños, niñas y adolescentes, deberán ser sancionados conforme a la jurisdicción penal ordinaria, esto es, con penas de hasta 30 años de prisión, y no con penas alternativas de 5 a 8 años como hoy en día lo establece la justicia transicional.
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